domingo, 28 de marzo de 2010

Clausula con opción de compra...

Nando y Mariló:

Están interesados en conocer que significa la opción de compra en un contrato de locación.

Los contratos de locación:
Son la herramienta legal donde las partes se ponen de acuerdo en ciertas condiciones que pueden ser adicionales o no, a la ley que rije la locación en cada país.

Como la primer consulta es de Argentina, diremos que cuando un propietario tiene a la venta un inmueble y decide rentarlo - locarlo - debe notificarle a su futuro inquilino, que él - el locador - tiene intención de ceder la titularidad del inmueble a un tercero, y se lo notifica verbalmente y por escrito mediante una clausula adicional y especial, que incorpora al Contrato de Locación.

Dicha cláusula funcionará como un resorte, a favor o en contra del inquilino.

En un contrato de locación, las partes deben respetar primodialmente las fechas de vigencia del contrato, pero también el locador tiene la opción de obtener una renta pasiva sobre su bien raíz en los períodos de ralentización del mercado, que obviamente sigue ciclos en concordancia con la economía del país.

Las causales para incorporar la clausula, pueden ser dos:
  1. Que el inquilino no tiene todo el dinero necesario para la compra, por lo que decide alquilar por un tiempo y luego comprar, para lo que acuerda precios y condiciones.
  2. Que el dueño o propietario del inmueble así lo ofrece - en alquiler - y no desiste de su idea de vender.

Cualquiera de ellas, beneficia a las partes y/o a un tercero que sería el adquirente futuro, que se beneficiariará con el pago de la renta que ya produce el bien raíz.

2 comentarios:

  1. Interesante dato. Gracias1

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  2. Estimado Anónimo,
    gracias por tu participación!!!.. y cuando nos visites nuevamente,dinos tu nombre de pila :-)

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